
Continuando con el post anterior, continuamos con las características del HÁBEAS CORPUS.
En esta sección hablaremos sobre los tipos de HABEAS CORPUS. Comentario aparte, que los tipos de Habeas Corpus mencionados han ido identificando en el transcurso de su uso en el ámbito legal. Puede que al término de este post, hayan surgido más tipos de Habeas Corpus a los mencionados aquí. Sin más que decir, continuemos.
Según el Tribunal Constitucional, se menciona el Habeas Corpus según su doctrina que son:
Habeas Corpus Reparador: Se utiliza cuando se produce la privación arbitraria o ilegal de la libertad física como consecuencia de una orden policial. Es el Habeas Corpus más común para promocionar la reposición de la libertad de una persona indebidamente debida.
Habeas Corpus Restringido: Se utiliza cuando la libertad es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones que, en hechos resultan ser restrictivos a la libertad de la persona. Es cierto que no quita la libertad como tal, pero al ser restringida ya existe una vulneración.
Habeas Corpus Correctivo: Se utiliza cuando existen actos de agravio ilegal o arbitrario, respecto a las formas que se cumplen las condenas de libertad.
Habeas Corpus Preventivo: Se utiliza en casos en que, no habiendo concretado la privación de la libertad, existe la amenaza de que ocurra, mediante vulneración de la Constitución o la ley.
Habeas Corpus Traslativo: Se utiliza para denunciar la mora en una proceso judicial u otros agravantes al debido proceso.
Habeas Corpus Instructivo: Se utiliza cuando no es posible ubicar el paradero de una persona detenida o desaparecida. Su finalidad es de garantizar la libertad y el derecho a la vida, evitando las prácticas de ocultamiento.
Habeas Corpus Innovativo: Se utiliza cuando, pese a que n hay amenaza o violación de la libertad, se solicita para evitar que tales acciones se ejecuten en un futuro.
Habeas Corpus Conexo: Se utiliza cuando, se presenten suceso no previstos en los habeas corpus anteriores.
Habeas Corpus Excepcional: Se utiliza contra los actos que suspenden o restringen derechos durante los regímenes de excepción.
En resumen, durante el paso de los años el HABEAS CORPUS se ha fortalecido a tal punto que es un instrumento muy poderoso en temas de derecho a la libertad individual.
Tal es así, que durante todo el curso de vida, se ha adaptado y considerado regulaciones nunca vistas desde sus inicios, adaptándose a los tiempos actuales y venideros.
Finalmente, dejo en claro que el HABEAS CORPUS, en un uso responsable y consecuente con las acciones que un individuo hace, es un importante avance en la materia de protección de los derechos humanos.
Dejo hasta aquí el post, para una segunda parte. También dejo el anexo del artículo original proporcionado voluntariamente por el abogado CESAR ALIAGA CASTILLO.
Espero sus comentarios y consultas al respecto. Gracias y hasta el siguiente post.